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lunes, 22 de diciembre de 2008

¿Que dice la ley de paritarias?


Compañeros: a continuación les transcribo algunos de los puntos salientes del articulado aprobado por la legislatura respecto de la paritaria. Falta la promulgación del Poder Ejecutivo.


Estamos en contacto

Martín


ARTICULO1º: Las relaciones laborales de los trabajadores docentes de la Provincia de Santa Fe serán reguladas mediante el sistema de Convenciones
Colectivas de Trabajo.

Los efectos de los acuerdos alcanzados por aplicación de la presente ley se extenderán a todas las relaciones laborales del personal docente.

ARTICULO 2°: Esta Convención Colectiva de Trabajo será celebrada entre el Poder Ejecutivo y la representación de las Asociaciones Sindicales de los trabajadores docentes de la Provincia de Santa Fe, con personería gremial en los términos de la Ley Nacional N° 23.551 y ámbito de actuación territorial en la Provincia. Estará regida por las disposiciones de la presente ley y en forma supletoria por la Ley Nacional N° 14.250 (t.o.) y las leyes nacionales y decretos de igual alcance vigentes en materia de negociaciones colectivas.

ARTICULO3°: Será objeto de la Convención Colectiva:

a) Regular las características y particularidades de la relación laboral para los trabajadores de la educación de la Provincia.
b) Establecer las condiciones laborales y salariales aplicables a la relación laboral indicada en el inciso anterior.
c) Proponer métodos de solución de eventuales conflictos colectivos en cuanto a su calidad y finalidad.
d) Acordar beneficios sociales y gremiales.
e) Adoptar medidas que faciliten la concreción de los puntos anteriores.
f) Ningún acuerdo surgido de las Convenciones Colectivas podrá vulnerar o desconocer los principios y derechos reconocidos y garantizados por las Leyes Nacionales Nros. 26.061 y 26.206, o las que las modifiquen o reemplacen en el futuro.

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