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miércoles, 5 de mayo de 2010

Sin descuentos para las cuentas sueldos


Compañeros: Se ha resuelto una problemática que veníamos planteando desde hace tiempo. Por suerte se ha respetado la intangibilidad del salario.

Estamos en contacto

Martín




La modificación de la ley de las cuentas sueldo establece que las entidades financieras no podrán bajo ningún concepto establecer costo alguno para la extracción de fondos de las cuenta sueldo.
Se trata de una modificación al artículo 124 de la Ley de Contrato de Trabajo (26.590) publicada en el Boletín Oficial.
“Dicha cuenta, especial tendrá el nombre de cuenta sueldo y bajo ningún concepto podrá tener límites de extracciones, ni costo alguno para el trabajador, en cuanto a su constitución, mantenimiento o extracción de fondos en todo el sistema bancario, cualquiera fuera la modalidad extractiva empleada”, asegura la norma.
En adelante, los bancos no podrán aplicar costos por el retiro de dinero. Tampoco ni limitar la cantidad de extracciones gratuitas a través de los cajeros automáticos como ocurre actualmente.
La modificación de la norma impactará en los bolsillos de empleados en relación de dependencia ya que tampoco abonarán las comisiones que cobran los bancos por el uso de cajeros automáticos de otras entidades.

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